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El cambio radical con respecto al RD 487/2022

El RD 614/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. 

El gran cambio que presenta esta RD con respecto al 487/2022 siguiendo el Artículo Único es que la toma de muestra para la determinación de Legionella mediante cultivo será realizada por una entidad o empresa acreditada para el acto de la toma de muestra de acuerdo con la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017 Evaluación de la conformidad. 

¿Qué diferencia hay con respecto al 487/2022?

Hasta el momento, el laboratorio de análisis era el responsable total en el proceso de toma de muestras, aunque no hubieran sido estos quien hubiesen desempeñado esta tarea. Ahora, el laboratorio deja de ser el máximo responsable en este proceso y pasa a ser toda entidad que tome la muestra. 

Este cambio representa una evolución significativa en las normativas anteriores, enfatizando la necesidad de garantizar la calidad y la fiabilidad en el proceso de muestreo.

Finalmente, el RD 614/2024 contempla un plazo transitorio para que las entidades y personas que actualmente realizan la toma de muestras puedan obtener la acreditación requerida. Durante este periodo, las entidades deben iniciar y completar el proceso de acreditación, adaptando sus procedimientos, formación y equipamiento según los estándares establecidos. De esta forma se permite cumplir con los nuevos requisitos sin interrumpir los servicios esenciales de muestreo y análisis.