Recomendaciones para la apertura de la actividad en las piscinas tras la crisis del COVID-19

El Ministerio de Sanidad ha elaborado un documento para establecer las recomendaciones sanitarias mínimas para la apertura de las piscinas definidas en el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, con el fin de minimizar el potencial de transmisión de COVID-19 y proporcionar un ambiente seguro y saludable en estas instalaciones. Se han tenido en cuenta las recomendaciones de los expertos, de las autoridades competentes de las Comunidades y Ciudades Autónomas así como las recomendaciones del sector de la piscina.

OBJETIVOS

Los objetivos del presente documento técnico son:

  • Proporcionar normas para el uso de las instalaciones de piscinas.
  • Definir procedimientos sencillos de limpieza y la desinfección de instalaciones de piscinas para garantizar unos niveles adecuados de protección de la salud de los usuarios.

CONTENIDO

Con el presente informe se pretende responder a las siguientes cuestiones:

  1.  Virus SARS-CoV-2 en las piscinas.
  2. Actuaciones antes de abrir cada una de las piscinas.
  3. Medidas preventivas cuando esté abierta la piscina

MEDIDAS ANTES DE LA REAPERTURA DE LA INSTALACIÓN

El objetivo de estas medidas es conseguir que tanto las instalaciones como el agua del vaso estén libres de microorganismos patógenos y de sustancias que puedan afectar negativamente la salud del usuario, y, en el caso de piscinas cubiertas, una calidad del aire adecuada en la que los usuarios puedan desarrollar sus actividades sin riesgos.

  1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA SOCORRISTAS Y TRABAJADORES.
  2. VENTILACIÓN DE ESPACIOS CERRADOS.
  3. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE MOBILIARIO.
  4. DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN.
  5. PRODUCTOS BIOCIDAS: DESINFECTANTES.
  6. BARES Y ZONAS DEPORTIVAS: Deberán seguir los protocolos correspondientes establecidos para este sector.
  7. TRATAMIENTO DEL AGUA DE LOS VASOS.

MEDIDAS TRAS LA APERTURA DE LA INSTALACIÓN

El objetivo de estas medidas es mantener un adecuado nivel de higiene en las instalaciones y un correcto tratamiento del agua para asegurar que la piscina sea un lugar seguro tras su apertura. No hay evidencia de que el virus que causa COVID-19 pueda transmitirse a las personas a través del agua en piscinas, jacuzzis o spas.

1º. Cumplimiento de la normativa vigente nacional, autonómica o local relativa a estas instalaciones.

2º. Los usuarios y trabajadores de estas instalaciones tienen la responsabilidad de prevenir el contagio de la enfermedad poniendo los medios oportunos para evitar contagiar y ser contagiados. Por ello, todo usuario y/o trabajador de estas instalaciones deberá observar las medidas de distancia social y el resto de medidas recomendadas.

3º. Las personas vulnerables también podrán hacer uso de estas instalaciones, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección.

4º. Todas las operaciones correspondientes que se lleven a cabo, debido al COVID-19 deberán quedar anotadas y descritas en los registros correspondientes, como operaciones ante situación excepcional de cierre por alerta sanitaria, dentro del documento de autocontrol de la instalación.

CONCLUSIONES

1º. Los riesgos asociados al COVID-19 están relacionados con la interacción entre personas que acuden a las piscinas. Las medidas más eficaces para evitar la transmisión del virus son el distanciamiento social y el refuerzo de la higiene de manos y respiratoria.

2º. La limpieza y desinfección diaria de superficies y zonas comunes es fundamental para evitar la propagación del virus.

3º. Para eliminar el virus hay que mantener correctamente el tratamiento y niveles de desinfectante residual en el agua de los vasos y duchas.

4º. Para prevenir la transmisión del virus los usuarios y los trabajadores deben cumplir las medidas de distancia social, cumplir las normas de higiene y aplicar los criterios técnicos de mantenimiento, limpieza y desinfección.

Este informe es un extracto de la guía del Ministerio de Sanidad, desde Ambientalys aconsejamos que accedas a la guía completa (pinchando aquí) para ampliar la información, a fin que pueda ser de interés y utilidad.