Ambientalys celebra la aprobación del nuevo Real Decreto 487/2022 sobre Legionella

En Ambientalys celebramos la reciente aprobación del Real Decreto sobre Legionella, que establece los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis, y sustituye al RD 865/2003, que actualmente sigue en vigor. El objetivo del Real Decreto 487/2022 sobre Legionella es actualizar la normativa actual conforme al conocimiento e información técnico-científico sobre Legionella. Este RD, que viene a sustituir al anterior del año 2003, contempla los avances y mejoras técnicas, nuevas medidas de gestión del riesgo e innovaciones necesarias para un mayor control de las instalaciones o equipos susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria. El texto consta de 7 capítulos, 2 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria, 3 disposiciones finales y 10 anexos en los que se desarrollan las nuevas regulaciones sobre Legionella. A continuación explicamos las claves:

Elementos novedosos a destacar

  • Establecimiento de los Planes Sanitarios frente a Legionella (PSL) o, en su defecto, de los Planes de Prevención y Control (PPCL).
  • Se establecen con mayor detalle los acontecimientos mínimos que deben integrar los PPCL y los aspectos mínimos con los que deberá contar el PSL.
  • Se establece la acreditación de las unidades analíticas para determinación de Legionella spp por cultivo.
  • Introduce para determinadas circunstancias, con carácter complementario al método de referencia, la posibilidad de recurrir a métodos alternativos de cultivo.
  • Regulación del régimen de responsabilidades de los titulares de las instalaciones, tanto de las personas titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos, como de las empresas de servicios externos.

Brotes y casos de legionelosis

El nuevo Real Decreto establece también que la autoridad sanitaria coordinará las actuaciones de todos los profesionales que intervengan en la investigación de casos o brotes de legionelosis, teniendo en cuenta lo establecido por la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Así, la autoridad sanitaria decidirá las actuaciones que deberá realizar la persona titular de la instalación, que podrán ser, entre otras, la limpieza y desinfección de choque con remuestreo a los 15-30 días; la posible paralización total o parcial de la instalación; la realización de reformas estructurales.

También se establece que se podrá utilizar cualquiera de los biocidas autorizados y registrados para el tratamiento de las instalaciones. En cualquier caso, los sistemas físicos frente a la legionella no deberán suponer riesgos para la instalación ni para la salud y seguridad de los operarios ni otras personas que puedan estar expuestas, debiéndose verificar su correcto funcionamiento periódicamente.

El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros también establece los procedimientos para la toma de muestras, su transporte y posterior análisis, así como los requisitos que deberán tener los laboratorios. En este sentido, se concede un plazo de dos años, a partir de la entrada en vigor de esta norma, para que los laboratorios acrediten sus métodos de análisis para la determinación de Legionella mediante cultivo.

Formación del personal

El personal técnico con formación para diseñar y ejecutar el PPCL o PSL deberá contar con la formación y los conocimientos suficientes sobre los tratamientos y las instalaciones que le permitan diseñar y ejecutar los planes, en su caso, según lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 830/2010.

El personal propio o de la empresa de servicios a terceros que desempeña su actividad relativa al programa de tratamiento, sin perjuicio del art. 4 del RD 830/2010, deberá estar en posesión de la cualificación profesional relativa al mantenimiento higiénico sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella y otros organismos nocivos y su diseminación por aerosolización, o un certificado de profesionalidad que acredite las unidades de competencia correspondientes a la formación establecida en dicha cualificación.

El personal propio o de empresa de servicios a terceros que realice operaciones menores, tales como mediciones de Tº, pH, etc., se incluirá dentro del Plan de formación continuada de la empresa titular de la instalación o de la empresa de servicios a terceros.

Los programas de formación sectorial, el Programa de formación continuada del personal propio de la instalación o de la empresa contratada debe contemplar la relación de contenidos en función de las actividades vinculadas a los PPCL o PSL y de las funciones asignadas a los trabajadores que intervengan en los mismos, así como el nivel de conocimiento y la forma de adquirirlo para cada una de ellas.

Conclusiones

El nuevo Real Decreto introduce avances y mejoras técnicas, nuevas medidas de gestión del riesgo e innovaciones necesarias para un mayor control de instalaciones y equipos susceptibles a ser focos de Legionella. A falta de su entrada en vigor de forma oficial, en Ambientalys seguiremos informando de todas las novedades del nuevo Real Decreto sobre Legionella

Así mismo, si tenéis cualquier tipo de duda o queréis información sobre cualquiera de nuestros servicios, puedes contactar con nosotros aquí.