Medidas preventivas y recomendaciones sanitarias para la apertura de piscinas y playas

El Consejo General de Colegios Farmacéuticos junto con la Sociedad Española de Sanidad Ambiental han elaborado un documento titulado “Medidas preventivas y recomendaciones sanitarias para la apertura de piscinas y playas”.

En dicho documento que detallaremos a continuación, se establecen las medidas de prevención básicas para evitar la transmisión del SARS-CoV-2, tanto en el interior de los vasos como en el resto de la instalación:

  1. El distanciamiento físico entre personas (Usuarios y trabajadores).
  2. Las normas de higiene personal.
  3. La adopción de procedimientos de limpieza y desinfección eficaces de la instalación.

¿Cuáles son las actuaciones previas a la reapertura de la piscina?

Comprobación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los equipos de tratamiento del agua de los vasos:

  • Los tratamientos mínimos del agua son: filtración, desinfección y regulación de pH.
  • La desinfección y regulación de pH se recomienda realizar mediante sistemas de dosificación automática de los productos químicos.
  • El tiempo de recirculación del volumen total del agua debe realizarse según las especificaciones
    y necesidades de la piscina para cumplir con
    los parámetros de calidad del Anexo I del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre.El agua de recirculación de la piscina deberá estar, al menos, filtrada y desinfectada antes de entrar en el vaso.2. Revisión y puesta a punto de los equipos de tratamiento del agua (filtros, dosificación de desinfectantes y regulación de pH, calibración de sondas de medida, medida de parámetros y medida de caudal).3. Análisis inicial del agua de los vasos en los que durante el cierre de la piscina no se hayan realizado los tratamientos de mantenimiento del agua mínimos o los controles periódicos y rutinarios legalmente establecidos.

Revisión y puesta a punto de los equipos de tratamiento del agua (filtros, dosificación de desinfectantes y regulación de pH, calibración de sondas de medida, medida de parámetros y medida de caudal).

Análisis inicial del agua de los vasos en los que durante el cierre de la piscina no se hayan realizado los tratamientos de mantenimiento del agua mínimos o los controles periódicos y rutinarios legalmente establecidos.

Limpieza y desinfección del resto de instalaciones y materiales (vestuarios, baños, botiquín, taquillas, etc.).

¿Cuáles son las actuaciones posteriores a la reapertura de la piscina?

  • La principal medida preventiva en el agua del vaso es el control exhaustivo y frecuente de desinfectante residual y pH, independientemente de su aforo durante todas las fases de desescalada.
  • Aforo máximo del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de dos metros entre usuarios (si no lo es, reducir el aforo).
  • Se requerirá la concertación de cita previa o se organizarán horarios por turnos.
  • Se deberán reforzar las medidas de limpieza y desinfección adecuadas de las instalaciones, así como a las superficies de contacto más frecuente por los usuarios, prestando especial atención a: hamacas, sombrillas, pomos de puertas, mesas, sillas, pasamanos, suelos, aseos, etc. Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
  • Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones cerradas y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.
  • Se recordará a los usuarios mediante cartelería visible o mensajes de megafonía las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con la COVID-19.
  • En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios.
  • Intensificar la limpieza de los vestuarios y aseos, control de su aforo y verificar que están dotados de jabón y/o solución hidroalcohólica, papel desechable, cartel informativo del correcto lavado de manos y pa- peleras con tapadera y pedal. No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de fuentes de agua potable, en caso de haberlas, durante las fases de desescalada.
  • Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.

¿Y en el caso de las playas?

A partir de la fase 2 los ayuntamientos asegurarán que se realiza una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de la playa usando para ello sustancias que no resulten perjudiciales para el medioambiente (diluciones de lejía [1:50]) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad).

¿De qué servicios podré hacer uso?

Duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios similares. Su ocupación máxima será de una persona, salvo en personas que precisen de asistencia, que se permitirá la utilización por su acompañante.

Las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario.

Se debe disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.

Para visualizar o descargar el documento completo del Consejo General de Colegios Farmacéuticos y la Sociedad Española de Sanidad Ambiental aconsejamos que accedas a la guía completa aquí, a fin que pueda ser de interés y utilidad.